Transacciones en Línea
Transacciones en Línea
Para acceder a los servicios en línea, el patrono necesita registrarse y tener una póliza vigente con la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE).
Para registrarse, haga clic aquí.
Si ya está registrado y quiere acceder a su cuenta, haga clic aquí.
Para obtener una Certificación de Deuda y NO posee una póliza con nosotros, haga clic aquí.
Para ver el Manual de Clasificaciones de Oficios e Industrias y Tipos de Seguros en español haga clic aquí.
Manual of Classifications of Trades and Industries and Insurance Rates, English version click here .
Pagar Póliza
A través de este servicio, el patrono puede pagar el importe de sus cuotas semestrales del Seguro Obrero o de los balances pendientes de pólizas permanentes y de pólizas eventuales, mediante el uso de tarjetas de crédito VISA, MasterCard, American Express o a través de débito directo de su cuenta corriente.
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Declaración de Nómina
Aquí el patrono puede rendir su Declaración de Nóminas y Jornales pagados a sus trabajadores durante el año económico anterior desde la conveniencia de su oficina u hogar, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas.
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Certificación de Deuda
Este documento desglosa las deudas vencidas que el patrono pudiese tener por concepto de primas del seguro, patrono no asegurado, facturas misceláneas y otros conceptos. El patrono recibirá, vía correo electrónico, la Certificación de Deuda solicitada, en un plazo de 24 a 48 horas. De no existir deuda, se emitirá una certificación negativa.
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Certificación de Vigencia
Documento oficial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, donde certifica que el patrono, a la fecha de su expedición, está debidamente asegurado con la CFSE para llevar a cabo las actividades, trabajos u operaciones que conlleva su negocio. Este documento es un requisito para participar en subastas, propuestas, registro de licitadores, donativos legislativos y renovación de licencias, entre otros.
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Verificación de Certificación
Este servicio permite a un tercero verificar la autenticidad de una Certificación de Deuda o Vigencia expedida por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. Para tales propósitos, deberá proveer el código y los últimos cuatro dígitos del seguro social patronal.
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Informe Patronal
A través de este servicio, todo patrono puede radicar este Informe a todo obrero o empleado que alegue haber sufrido un accidente dentro de los cinco (5) días después de ocurrir el mismo, según dispone el Artículo 11 de la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”.
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