Reclamaciones
En esta página encontrarás información que te ayudará a conocer más sobre los servicios que brinda la CFSE, tales como, justificación de ausencia a una cita médica, reclamo de un cheque extraviado, entre otros.
Para reclamar un cheque extraviado, deberá acudir al Área de Información de Dietas, en la instalación de la CFSE donde es atendido, y completar el Formulario CFSE-293: Solicitud de Cheque Nuevo en Sustitución del Original. Una vez cancelado el cheque extraviado, se emitirá uno nuevo. Para descargar el formulario, haga clic aqui.
Si no ha recibido la compensación que le corresponde, usted puede verificar el estatus de su caso. Para verificar el estatus de su caso debe acudir a la Oficina de Información de Dietas y Ayuda al Ciudadano en cualquiera de nuestras instalaciones y presentar una identificación con foto. Para ver el listado de nuestras localidades, haga clic aquí.
Para actualizar su dirección, debe visitar la Oficina de Información de Dietas en la instalación de la CFSE donde es atendido y completar el Formulario CFSE-464: Hoja de Codificación para Cambios de Direcciones. Para descargar el Formulario, haga clic auí.
Si decide mudarse mientras recibe pago por incapacidad, deberá pasar por el dispensario u oficina regional más cercana y completar el Formulario CFSE-464: Hoja de Codificación para Cambios de Direcciones. Para localizar la Oficina de la Corporación más cercana, haga clic aquí. También lo puede completar manualmente. Para descargar el Formulario, haga clic aquí.
El accidente deberá ser notificado durante los primeros cinco (5) días laborables, luego de haber ocurrido el mismo. En caso de enfermedades ocupacionales, tiene hasta tres (3) años a partir del momento en que la condición provoque la incapacidad del obrero para desempeñar sus funciones y el obrero tenga conocimiento de que la enfermedad que padece es causada por su empleo. Para más información acerca de cómo hacer la reclamación, vea la sección Pasos a Seguir al Sufrir un Accidente en su Trabajo.
En el caso de una emergencia real, puede ir a un hospital privado y después recibir los servicios de la Corporación. Para más información, vea la sección Pasos a Seguir al Sufrir un Accidente en su Trabajo.
En caso de que su patrono se niegue a llenar el Informe Patronal, puede acudir al dispensario o región más cercana o al Hospital Industrial y presentar un Informe Voluntario. Para más información, vea la sección Pasos a Seguir al Sufrir un Accidente en su Trabajo.
En caso de que no esté de acuerdo con alguna determinación que haya tomado la Corporación en relación a su caso, usted tiene derecho a presentar una apelación ante la Comisión Industrial. Para más información sobre la Comisión Industrial, haga clic aquí.