Trasfondo Histórico

El Fondo del Seguro del Estado fue creado por la Ley Núm. 45, aprobada el 18 de abril de 1935, conocida como la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo. Su propósito primordial es garantizar el derecho constitucional de todo trabajador a estar protegido contra riesgos a su salud en su lugar de empleo. Este sistema de seguridad social, creado por el estatuto, está sostenido por un seguro de tipo compulsorio y exclusivo, financiado por aportaciones patronales.

Antes de la creación de la Ley Núm. 45 que establece el Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, el obrero que sufría un accidente o lesión en su área de trabajo debía demandar al patrono en el foro judicial, probar que el accidente o lesión sufrida le sobrevino como consecuencia de la negligencia incurrida por el patrono y consecuentemente, recibir indemnización.

Al aprobarse la Ley Núm. 45 y mediante las enmiendas posteriores, se estableció un sistema de seguro obrero compulsorio y exclusivo, administrado por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, que le garantiza al patrono inmunidad en caso de que uno de sus obreros o empleados sufra alguna lesión o accidente del trabajo. Además, se estableció el Programa de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, que beneficia a los trabajadores lesionados con el pago de una indemnización y el más completo servicio médico para atender la condición desarrollada.

Mediante la Ley Núm. 83 del 29 de octubre de 1992, se enmendó la Ley Núm. 45 para crear la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, a los fines de dotar a la institución de la flexibilidad y la estructura necesaria para alcanzar con éxito los fines y propósitos que encarna la Ley. Esta legislación establece una Junta de Gobierno, nombrada por el Gobernador y la Oficina del Administrador como autoridades de la corporación pública.

La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) ha tenido como objetivo principal promover el bienestar de la clase trabajadora mediante la prestación de servicios médicos de excelencia, prevención, rehabilitación y compensación económica en los casos de lesiones, enfermedad o muerte relacionados con el trabajo.

La CFSE administra tres áreas básicas:

  • El seguro patronal compulsorio.
  • Los servicios médicos y de rehabilitación.
  • El pago de compensaciones económicas a los obreros lesionados.

De igual forma, la CFSE tiene la importante misión de ofrecerle al patrono una cubierta de seguro obrero amplia, al costo más económico, y a la vez, brindar servicios efectivos, con el fin de que los obreros lesionados puedan reintegrarse a sus labores a la mayor brevedad posible.

El Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo que ofrece la Corporación del Fondo del Seguro del Estado es completo y cuenta con una gran variedad de médicos especialistas y subespecialistas que atienden a sus pacientes exclusivamente a través de las nueve oficinas regionales, dispensarios intermedios y en el Hospital Industrial.